A partir del 1 de octubre, sólo se permitirá la entrada al Vaticano a quienes dispongan del Green Pass vaticano, el Green Pass europeo y un certificado verde Covid 19 extranjero que acredite la vacunación o la curación del SRAS-Cov-2, o una prueba molecular o antigénica rápida con resultado negativo para el virus del SRAS-Cov-2.
Así lo establece una ordenanza emitida por el Presidente de la Comisión Pontificia del Estado de la Ciudad del Vaticano sobre emergencias de salud pública. Una ordenanza que recoge la recomendación del Papa Francisco, en la audiencia del 7 de septiembre, de «garantizar la salud y el bienestar de la comunidad trabajadora respetando la dignidad, los derechos y las libertades fundamentales de cada uno de sus miembros» y de «adoptar toda medida adecuada para prevenir, controlar y contrarrestar la emergencia sanitaria».
El control de acceso al Estado, dice, se delega en el Cuerpo de Gendarmería. La ordenanza dice: «Estas disposiciones se aplican a los ciudadanos, a los residentes en el Estado, al personal que presta cualquier tipo de servicio en el Governatorato del Estado de la Ciudad del Vaticano y en los diversos organismos de la Curia Romana y las instituciones relacionadas, y a todos los visitantes y usuarios de los servicios». La única excepción se refiere a las celebraciones litúrgicas «durante el tiempo estrictamente necesario para la realización del rito», en las que, sin embargo, deben respetarse debidamente las normas sanitarias de distanciamiento, de uso de equipos de protección individual, de limitación de la circulación y reunión de personas y de adopción de normas específicas de higiene. Por último, la ordenanza recuerda que el Servicio de Seguridad y Salud de los Trabajadores en el Trabajo de la Dirección de Salud e Higiene realiza la actividad de verificación.
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