La odisea de llevar bienes de la canasta básica familiar desde Colombia a Venezuela por los pasos fronterizos quedará atrás la próxima semana.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), publicó la Resolución 008489 que permite el tráfico transfronterizo de productos básicos sin que se exija un trámite aduanero de exportación, sino simplemente la factura comercial.
Aunque la resolución ya fue firmada, regirá a partir del 21 de noviembre y tendrá una vigencia de seis meses.
El documento contiene una lista dividida por sectores: alimentos preparados y sin preparar, vivienda, aseo del hogar, confecciones y calzado, salud, educación, transporte, higiene personal y productos diversos.
Dentro de estas categorías se especifica el tipo de producto que pueden comprar los venezolanos en Colombia y llevarse hasta el vecino país.
El cupo de salida semanal que podrá usar una persona en estos rubros será lo equivalente a 50 unidades de valor tributario (UVT).
Es decir, que si cada UVT está en 34.270 pesos, semanalmente un venezolano podrá llevar hasta 1,7 millones de pesos con los productos permitidos en el listado.
De este monto, $1,3 millones pueden ser comprados en artículos de salud, alimentos, vivienda, aseo del hogar, confección y calzado, higiene personal y educación.
Los $342.700 restantes corresponderán a productos de transporte, para animales domésticos y deportivos.
Respaldo al comercio
Eduardo Visbal, vicepresidente de la Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco), señaló que el gremio recibe de manera positiva la nueva medida, pues las cantidades estipuladas en la resolución ya están saliendo por la vía de las trochas y del contrabando.
“El documento no tiene nada de extraordinario, y se expide en función de la crisis humanitaria, para que la gente pueda llevar productos en cantidades de consumo familiar”, agregó.
Según el gremio, los productos con mayor demanda por parte de los venezolanos son el papel higiénico y harina pan. (La Opinión)