30.8 C
Venezuela
sábado, mayo 30, 2026
HomeActualidadProrrogan por dos años decreto de inamovilidad laboral que vence en diciembre...

Prorrogan por dos años decreto de inamovilidad laboral que vence en diciembre 2022

Date:

NOTAS RELACIONADAS

Nombran a Pbro. Jhonny Arias primer capellán en Clínica de Puente Real

La designación se formalizó con la santa eucaristía que fue celebrada por el vicario episcopal del arciprestazgo San Pedro, monseñor Luis Humberto Urbina, en compañía del vicario episcopal para la salud, Emmanuel Pernía, autoridades del lugar y el pueblo de Dios

Expo – APEP 2026: Una celebración de saberes, fe y comunidad en el marco de su 62° Aniversario

El evento comenzó con la misa celebración de la Santa Misa, Celebración litúrgica especial en la Vicaría El Carmen con motivo del 62° Aniversario de APEP y en acción de gracias por el día de las Madres

Arzobispo de Valencia: Frente a la Inteligencia Artificial, lo que está en juego es la humanidad, no meramente la técnica

Como acción concreta a nivel local, anunció que la Arquidiócesis de Valencia ya ha iniciado programas de formación para jóvenes sacerdotes con el fin de iluminar estos temas técnicos desde la Sagrada Escritura

Pronunciamiento de la Pastoral Afro en torno a la encíclica “Magnifica Humanitas”

El Papa reconoce que «no podemos negar ni minimizar el retraso con el que la Iglesia y la sociedad condenaron el flagelo de la esclavitud»

Papa reza el Rosario por la paz junto con los santuarios del mundo

León XIV regresa para interceder por la paz, junto con los santuarios más importantes del mundo
spot_imgspot_img

Prorrogar por dos años el decreto de Inamovilidad Laboral, acordó el régimen de Nicolás Maduro, de acuerdo con el Decreto Presidencial, N° 4.414 de fecha 31 de diciembre de 2020, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria N°. 6.611.

Considera el régimen que la protección al ejercicio de los derechos laborales es el norte del  Estado Venezolano, al reconocer que las  trabajadoras y trabajadores son los creadores de las riquezas  socialmente producidas, razón por la cual deben preverse los mecanismos jurídicos necesarios para evitar cualquier alteración a dichos procesos,  los cuales pudieran evidenciarse en despidos, traslados, o desmejoras  en sus condiciones laborales como secuela de las injerencias de intereses apátridas que responden a los agentes de perturbación que buscan  atentar contra el buen orden y la paz interna.

En consecuencia, se establece la inamovilidad laboral de las  trabajadoras y trabajadores del sector público y privado regidos por el Decreto con  Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del  Trabajo, los Trabajadores  y  las Trabajadoras, por un lapso de dos (2) años contados a partir de la entrada en vigencia de este Decreto, a fin de proteger el derecho al  trabajo como proceso fundamental que permite la promoción de la prosperidad, el bienestar del pueblo y la construcción de una sociedad justa y amante de la paz.

Asimismo, la disposición establece que las trabajadoras y trabajadores  amparados por este Decreto no podrán ser despedidos, desmejorados o  trasladados sin justa causa calificada previamente por el Inspector o  Inspectora del Trabajo de la jurisdicción, de conformidad con lo  dispuesto en el artículo 422 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley  Orgánica del  Trabajo, los Trabajadores y los Trabajadoras.

En caso que la trabajadora o el trabajador protegido por la inamovilidad establecida en este Decreto sea despedido, desmejorado sin justa causa o trasladado sin su consentimiento, podrá interponer denunciar dentro de  los treinta (30) días continuos siguientes ante el  Inspector o Inspectora   del Trabajo de la jurisdicción, y solicitar el reenganche y el pago de salarios caídos, así como los demás beneficios dejados de percibir, o la restitución de la situación jurídica infringida, según el procedimiento establecido en el artículo 425 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.

Las Inspectoras e Inspectores del Trabajo tramitarán, con preferencia a  cualquier otro asunto, los procedimientos derivados de la inamovilidad laboral.

NOTAS RELACIONADAS

Nombran a Pbro. Jhonny Arias primer capellán en Clínica de Puente Real

La designación se formalizó con la santa eucaristía que fue celebrada por el vicario episcopal del arciprestazgo San Pedro, monseñor Luis Humberto Urbina, en compañía del vicario episcopal para la salud, Emmanuel Pernía, autoridades del lugar y el pueblo de Dios

Expo – APEP 2026: Una celebración de saberes, fe y comunidad en el marco de su 62° Aniversario

El evento comenzó con la misa celebración de la Santa Misa, Celebración litúrgica especial en la Vicaría El Carmen con motivo del 62° Aniversario de APEP y en acción de gracias por el día de las Madres

Arzobispo de Valencia: Frente a la Inteligencia Artificial, lo que está en juego es la humanidad, no meramente la técnica

Como acción concreta a nivel local, anunció que la Arquidiócesis de Valencia ya ha iniciado programas de formación para jóvenes sacerdotes con el fin de iluminar estos temas técnicos desde la Sagrada Escritura

Pronunciamiento de la Pastoral Afro en torno a la encíclica “Magnifica Humanitas”

El Papa reconoce que «no podemos negar ni minimizar el retraso con el que la Iglesia y la sociedad condenaron el flagelo de la esclavitud»

Papa reza el Rosario por la paz junto con los santuarios del mundo

León XIV regresa para interceder por la paz, junto con los santuarios más importantes del mundo

DC.RADIO

RECIENTES

spot_img

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here