24.1 C
Venezuela
lunes, noviembre 24, 2025
HomeActualidadSeniat incrementó el valor de la Unidad Tributaria a 20.000 bolívares

Seniat incrementó el valor de la Unidad Tributaria a 20.000 bolívares

Date:

NOTAS RELACIONADAS

Papa León XIV nombra al Pbro. Elieser Rivero como nuevo Obispo de la Diócesis de San Fernando de Apure

Fue ordenado sacerdote el 18 de octubre del 2003 en la Iglesia Inmaculada Concepción de Yaritagua, incardinándose en la Diócesis de San Felipe

Serán beatificados dos sacerdotes italianos, mártires bajo el nazismo en 1944

El primer sacerdote mártir, don Ubaldo Marchioni, de Vimignano di Grizzana Morandi, en la provincia de Bolonia, nació en 1918, ingresó en el seminario diocesano a los diez años y a los 24 fue ordenado sacerdote en la catedral de Bolonia

Cambia la normativa sobre la presidencia de la Comisión para la Ciudad del Vaticano

Desde el 1 de marzo de 2025, por orden del Papa Francisco, la religiosa Sor Raffaella Petrini fue nombrada presidenta de la Comisión Pontificia para el Estado de la Ciudad del Vaticano y la Gobernación

Hans García: “Nuestros muchachos darán todo para avanzar a semifinales” 

“Tenemos muchas remontadas épicas y se las trajimos como ejemplo a todos para que sepan que no todo está perdido y que el sábado será una bonita oportunidad para que escriban una nueva historia en la Liga FUTVE Junior”
spot_imgspot_img

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) incrementó la unidad tributaria (UT) de 1.500 a 20.000 bolívares, se ve reflejado en una providencia publicada en la Gaceta Oficial Nº 42.100 con fecha 6 de abril de 2021.

La medida representa un ajuste de 1.233% con respecto al anterior valor de la unidad tributaria. El último ajuste de la UT que se llevó a cabo fue en marzo de 2020, justo con la llegada de la pandemia del coronavirus, cuando pasó de Bs. 50 a Bs. 1.500 bolívares, representando un aumento del 2.900%.

La providencia también establece que esta unidad de cálculo solo podrá ser utilizada “como Unidad de Medida para la determinación de los Tributos Nacionales cuya recaudación y control” sean de la competencia del Seniat, más “no podrá ser utilizada por otros órganos y entes del poder público para la determinación de beneficios laborales o de tasas y contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan”.

Por último, se agrega que la medida entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial.

A continuación Gaceta Oficial sobre reajuste del valor de la Unidad Tributaria:

En Gaceta Oficial Nº 42.100 de fecha 6 de abril de 2021, fue publicada una Providencia del Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) mediante la cual se reajusta el valor de la Unidad Tributaria de Mil Quinientos Bolívares (Bs. 1.500,00) a Veinte Mil Bolívares (Bs. 20.000,00).

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA MEDIANTE LA CUAL SE REAJUSTA EL VALOR DE LA UNIDAD TRIBUTARIA

Artículo 1°. Se reajusta el valor de la Unidad Tributaria de MIL QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.500,00) a VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 20.000,00).

Artículo 2°. El valor de la Unidad Tributaria establecido en esta Providencia Administrativa sólo podrá ser utilizado como Unidad de Medida para la determinación de los Tributos Nacionales cuya recaudación y control sean de la competencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, no pudiendo ser utilizada por otros órganos y entes del poder público para la determinación de beneficios laborales o de tasas y contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan.

Artículo 3°. En los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente al cierre del ejercicio fiscal respectivo, y para los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período, de conformidad con lo establecido en el Parágrafo Tercero del artículo 3 del Decreto Constituyente mediante el cual dicta el Código Orgánico Tributario.

Artículo 4°. Se deroga la Providencia Administrativa SNAT/2020/00006, de fecha 21 de enero de 2020, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.839, de fecha 13 de marzo de 2020.

Artículo 5°. Esta Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

NOTAS RELACIONADAS

Papa León XIV nombra al Pbro. Elieser Rivero como nuevo Obispo de la Diócesis de San Fernando de Apure

Fue ordenado sacerdote el 18 de octubre del 2003 en la Iglesia Inmaculada Concepción de Yaritagua, incardinándose en la Diócesis de San Felipe

Serán beatificados dos sacerdotes italianos, mártires bajo el nazismo en 1944

El primer sacerdote mártir, don Ubaldo Marchioni, de Vimignano di Grizzana Morandi, en la provincia de Bolonia, nació en 1918, ingresó en el seminario diocesano a los diez años y a los 24 fue ordenado sacerdote en la catedral de Bolonia

Cambia la normativa sobre la presidencia de la Comisión para la Ciudad del Vaticano

Desde el 1 de marzo de 2025, por orden del Papa Francisco, la religiosa Sor Raffaella Petrini fue nombrada presidenta de la Comisión Pontificia para el Estado de la Ciudad del Vaticano y la Gobernación

Hans García: “Nuestros muchachos darán todo para avanzar a semifinales” 

“Tenemos muchas remontadas épicas y se las trajimos como ejemplo a todos para que sepan que no todo está perdido y que el sábado será una bonita oportunidad para que escriban una nueva historia en la Liga FUTVE Junior”

DC.RADIO

RECIENTES

spot_img

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here