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TSJ prohíbe importar y comercializar equipos de Directv en el país

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El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) prohibió la importación y comercialización de equipos tecnológicos relacionados con Directv.

En sentencia fechada el 26 de mayo la institución jurídica comunicó que la junta directiva ad hoc de la compañía será encabezada por Jorge Eliéser Márquez Monsalve, director de Conatel.

La institución publicó este lunes 8 de junio una sentencia, fechada el 26 de mayo, en la que comunicó que la junta directiva ad hoc de Directv Venezuela estará conformada por Jorge Eliéser Márquez Monsalve (director de Conatel), como presidente, y José Adelino Ornelas Ferreira, como vicepresidente.

Como miembros de la junta directiva estarán Miguel Ángel Ramones Galviz, Mardy Nilse Medina Galaviz y Alexander José Ramírez Rojas.

La sentencia N° 0066-2020 publicada el 26 de mayo de 2020, con ponencia del presidente de la Sala Constitucional, magistrado Juan José Mendoza Jover, ordena presentar informe a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, a la Bolsa de Valores de Caracas y al Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual.

En ese sentido, el fallo prohíbe la importación y comercialización de equipos tecnológicos y de cualquier índole relacionados con Directv, sin previa autorización de la Junta Administradora ad hoc de la empresa Galaxy Entertainment de Venezuela S.C.A.

En tal sentido, se ordenó oficiar al Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), a los fines que se proceda a retener dichos equipos tecnológicos y de cualquier índole e inicie los procedimientos administrativos sancionatorios que correspondan, a tal efecto deberá informar a la Sala Constitucional.

Por su parte, se ordenó a la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) la remisión en copia certificada y con carácter de urgencia del expediente relacionado con la empresa.

Se recordó que, conforme a lo previsto en el artículo 29 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el presente mandamiento cautelar debe ser acatado, y que de no suceder, se puede incurrir en desobediencia a la autoridad y exponerse a la sanción prevista en el artículo 31.

Adicionalmente, se ordenó a la Secretaría de la Sala que, conforme a lo señalado en el artículo 91.3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, aplicable por remisión del artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, practique vía electrónica o telefónica las notificaciones correspondientes a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg).

También a la Bolsa de Valores de Caracas, Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI), al Director del Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (Saime), al Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), al Director General de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel), a la Junta Directiva de la empresa Galaxy Entertainment de Venezuela S.C.A, y a la Junta Directiva ad hoc de la empresa Galaxy Entertainment de Venezuela S.C.A; así como a la parte solicitante dejando constancia en el expediente de dicha actuación.

El pasado 19 de mayo la empresa estadounidense AT&T ordenó el cese de las operaciones de Directv Latinoamérica en Venezuela, con efecto inmediato, luego de que el Gobierno de Estados Unidos le prohibiera a la empresa la transmisión de los canales Globovisión y Pdvsa, los cuales se encontraban obligatoriamente dentro de la plantilla de Directv por orden de Conatel.

Asimismo, los directivos de Directv en Venezuela: Carlos Villamizar, Héctor Rivero y Rodolfo Carrano, fueron detenidos, después de que el Tribunal Supremo de Justicia designado por la Administración de Nicolás Maduro, dictaminó la prohibición de salida del país para ellos. Además, se ordenó la toma de las instalaciones de la empresa y la confiscación de sus bienes.

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